Me Renaud Duchêne, abogado especializado en derecho deportivo: «El TAS no dicta decisiones absurdas ni va a buscar elementos improbables»

Me Renaud Duchêne, abogado especializado en derecho deportivo

El 18/03/2026 a las 20h05

Las decisiones del Jurado de Apelación de la CAF, que proclaman a Marruecos campeón de la Copa de África de Naciones 2025, restablecen un marco jurídico claro pese a unos plazos considerados largos. Un desenlace legítimo, según Me Renaud Duchêne, abogado especializado en derecho deportivo en los colegios de Bruselas y París, que repasa para Le360 Sport los contornos de este caso.

Marruecos es oficialmente campeón de África 2025 desde este martes 17 de noviembre, tras la decisión del Jurado de Apelación de la CAF. Una decisión basada en los artículos 82 y 84 del reglamento de la CAN, que ratifica una victoria en los despachos (3-0) a favor de la Real Federación Marroquí de Fútbol (FRMF), en detrimento de la Federación Senegalesa de Fútbol (FSF).

Mientras este desenlace sigue generando debate, tanto en el fondo como por unos plazos considerados demasiado largos, Le360 Sport recurrió a Me Renaud Duchêne, abogado de los colegios de París y Bruselas, que ejerce en el bufete TactX y exjurista del RSC Anderlecht, para analizar las implicaciones jurídicas del caso.

Una decisión validada en apelación

Ante todo, una pregunta surge con frecuencia: ¿por qué hubo que esperar al procedimiento de apelación para llegar a esta conclusión? «Fue en instancia de apelación donde se aplicaron estrictamente los artículos 82 y 84 del Reglamento de Competiciones de la CAF. Los órganos de la CAF ya se habían pronunciado en primera instancia, y fue por tanto en apelación donde se confirmó esta validación», explica el abogado.

Presente en el Complejo Moulay Abdellah durante la final del 18 de enero, Me Duchêne también volvió sobre los hechos ocurridos aquel día: «Yo personalmente asistí a la final. Cuando vi a los jugadores regresar a los vestuarios, me pregunté si realmente medían el alcance de su gesto. Según los reglamentos, negarse a reanudar el juego y abandonar el terreno puede asimilarse a un abandono del partido. En ese momento, el árbitro habría podido dar por terminado definitivamente el encuentro y atribuir la victoria a Marruecos. No lo hizo, sin duda por razones extradeportivas, porque es una decisión muy pesada de asumir para un árbitro. En ese punto, me sorprendió que la situación quedara en suspenso».

Un plazo «coherente»

Los dos meses transcurridos entre la final y la decisión de proclamar a Marruecos campeón suscitaron numerosas críticas. Un plazo que, sin embargo, Me Duchêne considera lógico: «En el plano deportivo, dos meses pueden parecer largos, y efectivamente es algo bastante raro, pero no me sorprende. El procedimiento siguió su curso: una primera instancia y luego un recurso presentado por la FRMF. La decisión dictada en apelación por la CAF es, por tanto, coherente».

El abogado precisa además haber intercambiado impresiones con la FRMF en Rabat, en la sede de la Federación dirigida por Fouzi Lekjaa, sobre la eventualidad de un recurso, recordando al mismo tiempo que «lo que ocurre hoy no es en realidad más que la aplicación estricta del reglamento».

Senegal contraataca ante el TAS

La Federación Senegalesa de Fútbol ya ha anunciado su intención de recurrir ante el Tribunal Arbitral del Deporte (TAS), con sede en Lausana, Suiza.

Sobre el papel del Tribunal, «se trata de un nivel jurisdiccional superior, independiente de la confederación», recuerda en primer lugar Me Duchêne, antes de precisar que «aunque una decisión se haya dictado sobre la base de un reglamento, siempre puede ser impugnada ante instancias arbitrales. Un recurso ante el TAS no cuestiona de inmediato la decisión a escala de la CAF, pero sí permite que sea reexaminada en otro nivel».

Sobre el funcionamiento del Tribunal, el abogado detalla: «Se trata de un procedimiento arbitral y no judicial. Cada federación designa a un árbitro, y el TAS nombra a un presidente del colegio arbitral. Las partes presentan sus escritos, y después los árbitros dictan una decisión colegiada, independiente e imparcial».

¿Puede el TAS llegar a anular la decisión de la CAF?

«El TAS dispone de su propio reglamento y dicta sus propias decisiones. Va a examinar la decisión de apelación emitida por la CAF y pronunciarse mediante un laudo, confirmándola o revocándola», prosigue Me Duchêne. «Y ahí se perfilan dos escenarios: o bien la decisión es confirmada y Marruecos conserva su título de campeón de África, o bien es revocada y Senegal podría ser restituido en sus derechos. Por tanto, no puede excluirse un giro de la situación impulsado por el Tribunal».

En realidad, el análisis del TAS se basa ante todo en la conformidad de la decisión con el reglamento aplicable; es derecho puro. No va a buscar elementos «improbables», como recuerda Me Renaud Duchêne, sino más bien «verificar si las reglas se aplicaron correctamente. También se asegura de que el procedimiento de apelación se haya llevado a cabo conforme a las normas, especialmente en lo relativo al respeto de los plazos y de las garantías procesales. Esos son, esencialmente, los aspectos que se examinan».

Me Renaud Duchêne se muestra, no obstante, tranquilizador: «En principio, no dicta decisiones absurdas. Con una defensa sólida y un abogado competente, el procedimiento debería seguir una lógica jurídica coherente».

En conclusión, el TAS tiene la posibilidad de anular la decisión de la CAF. Sin embargo, a la vista de los argumentos expuestos por la FRMF y de la decisión ya emitida por la confederación africana, el desenlace debería seguir siendo favorable a Marruecos: «Debería salir bien», estima Me Renaud Duchêne.

Por Magda Soltani
El 18/03/2026 a las 20h05