Guarderías privadas: qué cambia el nuevo decreto

Una guardería

El 21/03/2026 a las 14h33

El nuevo decreto sobre las guarderías privadas ha sido publicado en el Boletín Oficial. Desmaterialización de los procedimientos, normas de seguridad para los locales, proyecto pedagógico estructurado... Pone fin a una indefinición normativa que duraba desde hacía demasiado tiempo.

Se acabaron los expedientes en papel y los plazos interminables. Marruecos cambia de método en la gestión administrativa de sus guarderías privadas. El decreto relativo al Estatuto de las guarderías privadas, publicado en el Boletín Oficial, regula ahora con precisión los establecimientos de atención a la primera infancia.

Así, una plataforma electrónica, gestionada por el departamento de juventud, centraliza desde ahora todos los trámites. Apertura, renovación, ampliación, cese de actividad... Todos los actos administrativos pasarán por este portal, con acuse de recibo electrónico.

Paralelamente, las solicitudes de autorización deberán completarse a partir de ahora con elementos que hasta ahora estaban poco formalizados, además de la documentación habitual. Se trata, en particular, del reglamento interno, en el que se precisarán los horarios, las normas de higiene, salud y seguridad, así como las medidas preventivas vigentes en el establecimiento. Sin olvidar el proyecto pedagógico. Este documento deberá describir el enfoque educativo elegido, los objetivos por franja de edad, los programas de actividades periódicas y el dispositivo de atención educativa implantado.

La primera planta, terreno de nuevas obligaciones

Es el apartado más técnico del texto. Un operador que desee acoger a niños en la primera planta de su guardería deberá cumplir ahora cinco criterios acumulativos. Las escaleras deberán estar equipadas con dispositivos de seguridad en la parte superior e inferior, con pasamanos adaptados a los niños.

Además, el suelo de la primera planta y de las escaleras deberá ser antideslizante. Un sistema de alerta sonora y visual deberá ser perceptible en esa planta. Asimismo, las ventanas deberán contar con cristales resistentes a la rotura, con una apertura limitada a un máximo de diez centímetros, o estar protegidas por barrotes o rejas verticales. En ese nivel también deberán existir sanitarios adaptados a la edad de los niños acogidos.

El decreto también zanja la cuestión de la edad. Solo podrán ser acogidos en la primera planta los niños que hayan cumplido 24 meses. Los lactantes seguirán permaneciendo en la planta baja. En cuanto a los educadores, deberán estar formados en procedimientos de evacuación, prevención de riesgos y primeros auxilios. También deberá exhibirse un plan de evacuación en la entrada principal de cada establecimiento.

Por Hajar Kharroubi
El 21/03/2026 a las 14h33