Condenan a diez años de prisión a los acusados de obligar a un menor a beber alcohol

El 16/06/2026 a las 09h26

La Sala Correccional del Tribunal de Primera Instancia de Benslimán dictó este lunes 15 de junio sentencia en el caso del menor obligado a consumir bebidas alcohólicas. Los tres acusados fueron condenados a penas que suman un total de diez años de prisión firme.

Diez años de prisión firme en total. Ese es el veredicto pronunciado este lunes 15 de junio por la Sala Correccional del Tribunal de Primera Instancia de Benslimán contra los tres individuos procesados en el caso del menor obligado a consumir alcohol.

Todo comenzó a finales de mayo de 2026, cuando un breve vídeo se difundió masivamente en las redes sociales. Las imágenes mostraban a un niño, visiblemente asustado, siendo forzado a ingerir alcohol en medio de una fiesta improvisada por varios adultos en estado de embriaguez. La escena, acompañada de risas y burlas, también mostraba a un adolescente de 17 años grabando la situación con su teléfono móvil mientras bailaba.

Ante la indignación generada por las imágenes, la reacción de las autoridades fue inmediata. La noche del 28 de mayo, la fiscalía competente ordenó la apertura de una investigación exhaustiva.

Los agentes del centro territorial de la Gendarmería Real de Fdalat, dependiente de la brigada de Benslimán, llevaron a cabo una investigación acelerada sobre el terreno. Gracias al análisis de los indicios digitales y a la identificación formal de los implicados, los investigadores lograron localizar y detener a los sospechosos en un tiempo récord.

Durante el juicio, el tribunal dictó las penas en función del grado de implicación de cada acusado, alcanzando una condena global de diez años de prisión firme. El principal procesado, identificado con las iniciales «A.A.», fue condenado a cuatro años de cárcel. Entre los cargos que se le imputaron figuran la «participación en una agresión voluntaria contra la integridad física de un menor de 15 años por parte de una persona con autoridad sobre él» y la «omisión de socorro a una persona en peligro».

El segundo acusado fue condenado a tres años y medio de prisión firme, mientras que el tercero recibió una pena de tres años de cárcel.

El tribunal también se pronunció sobre la vertiente civil del caso, aceptando la demanda de la asociación «No toques a mi hijo», a la que concedió una indemnización simbólica de un dirham.

La repercusión de este caso ha trascendido ampliamente el ámbito judicial y ha movilizado a las organizaciones de defensa de los derechos humanos en Marruecos. Para la asociación «No toques a mi hijo», representada por su presidenta, Najat Anwar, los hechos constituyen una gravísima vulneración de los derechos fundamentales de la infancia.

La organización denunció enérgicamente la transformación del sufrimiento físico y psicológico de un menor en contenido de entretenimiento para las redes sociales, reclamando una mayor vigilancia frente a este tipo de abusos en el entorno digital.

En la misma línea, el Consejo Nacional de Derechos Humanos (CNDH) expresó una posición clara a través de su presidenta, Amina Bouayach. La institución subrayó la necesidad de adoptar medidas inmediatas de protección jurídica y psicológica para la joven víctima.

Según el Consejo, el objetivo es evitar que la difusión pública y continuada de las imágenes provoque una revictimización o reproduzca el trauma sufrido por el menor.

Por la redacción
El 16/06/2026 a las 09h26