Hacienda generaliza los trámites digitales para las declaraciones anuales y confirma el plazo del 1 de mayo

La sede de la Dirección General de Impuestos (DGI), en Rabat.

El 23/04/2026 a las 15h10

El 1 de mayo de 2026 es la fecha límite para presentar las principales declaraciones fiscales correspondientes al ejercicio 2025. Con este vencimiento, la administración tributaria refuerza la trazabilidad de los ingresos y la disciplina declarativa en un entorno ya completamente digitalizado.

La Dirección General de Impuestos (DGI) recordó que el 1 de mayo de 2026 expira el plazo legal para presentar diversas declaraciones relativas al Impuesto sobre la Renta (IR), el IVA y otras obligaciones anexas. Esta medida afecta, en particular, a los contribuyentes sujetos al IR bajo el régimen de beneficio neto real (RNR) o el beneficio neto simplificado (RNS), así como a los profesionales y a los sujetos pasivos del IVA.

Esta unificación del calendario responde a una lógica de racionalización administrativa que permite agrupar los flujos declarativos en un único periodo. De este modo, la sede de la Dirección General de Impuestos (DGI) en Rabat, capital de Marruecos, facilita tanto el procesamiento de los datos como su posterior control por parte de la administración.

Al mismo tiempo, el abanico de contribuyentes afectados se extiende más allá de las actividades estrictamente profesionales. También están incluidos quienes perciban rentas inmobiliarias, los autónomos acogidos a la declaración trimestral y aquellos contribuyentes que realicen pagos a no residentes.

Esta ampliación refleja la voluntad explícita de integrar diversos flujos económicos en el sistema fiscal. La administración busca captar con mayor precisión los ingresos procedentes del sector inmobiliario, los servicios y las transacciones internacionales.

Asimismo, la DGI exige obligaciones documentales específicas. Los contribuyentes bajo los regímenes RNR o RNS deberán adjuntar un estado de ventas que incluya el identificador común de empresa de cada cliente.

Este nivel de detalle busca mejorar el cruce de datos declarativos. Al estructurar la información por transacciones, la administración refuerza su capacidad para detectar incoherencias y reducir los márgenes de opacidad. Del mismo modo, quienes declaren resultados nulos o pérdidas deberán aportar una memoria explicativa que justifique el origen de dicha situación. De lo contrario, se aplicarán las sanciones previstas en el Código General de Impuestos.

Este mecanismo introduce una exigencia de calidad en la declaración tributaria. El déficit deja de ser un mero dato contable para convertirse en un elemento sujeto a justificación, lo que dota de mayor credibilidad a la información transmitida.

Además, la presentación de las declaraciones debe ir acompañada del pago correspondiente. Los contribuyentes tienen la obligación de declarar sus ingresos y abonar el impuesto antes de que expire el plazo. Esta sincronización mejora la eficiencia de la recaudación y reduce los tiempos de espera entre la declaración y el ingreso, limitando así el riesgo de impago.

Gestión diferenciada del IVA según el régimen de tributación

En cuanto al IVA, la DGI distingue las obligaciones según el régimen de imposición. Los sujetos acogidos al régimen trimestral deben declarar el volumen de negocio del primer trimestre de 2026, mientras que los del régimen mensual deben hacerlo con las cifras de marzo de 2026. Esta diferencia adapta la frecuencia de los trámites al tamaño y naturaleza de la actividad económica, manteniendo un seguimiento constante de los flujos del impuesto.

Por otra parte, los propietarios que perciban rentas inmobiliarias deben facilitar información pormenorizada sobre la identidad de sus inquilinos, la ubicación de los inmuebles y los importes declarados.

Paralelamente, las remuneraciones abonadas a no residentes requieren una declaración específica para controlar los flujos financieros transfronterizos y asegurar la base imponible.

Todos estos trámites deben realizarse a través de las plataformas electrónicas «SIMPL-IR» y «SIMPL-TVA». Este uso exclusivo de la vía digital supone una transformación profunda de la gestión tributaria.

La digitalización mejora la fiabilidad de los datos, agiliza los procesos y permite un seguimiento más riguroso de las obligaciones, abriendo además la puerta a controles automatizados basados en el cruce de información.

Más allá de los procedimientos, este plazo pone de relieve un desafío mayor de disciplina fiscal. La administración busca reforzar el cumplimiento tributario y ampliar la base imponible a ingresos que antes eran menos visibles. Esta estrategia contribuye a una movilización más eficaz de los ingresos públicos y favorece la equidad entre contribuyentes al limitar las irregularidades.

La centralización de las declaraciones y la digitalización de los procesos reflejan una evolución hacia una fiscalidad basada en la explotación de datos. La administración cuenta ahora con herramientas para afinar el análisis de los flujos económicos, lo que permite realizar inspecciones más selectivas y diseñar políticas fiscales más ajustadas, apoyadas en información completa y fiable.

Por Mouhamet Ndiongue
El 23/04/2026 a las 15h10