Los resultados definitivos de las elecciones legislativas del 23 de septiembre de 2026 coinciden plenamente con los resultados generales provisionales anunciados tras la votación. El Ministerio del Interior lo confirmó en un comunicado publicado este viernes 25 de septiembre, una vez concluidos los trabajos de las comisiones de recuento.
Las comisiones provinciales y regionales de recuento, presididas por magistrados, finalizaron sus operaciones en todas las prefecturas, provincias, prefecturas de distrito y regiones del Reino, indica el comunicado.
Estas comisiones realizaron el recuento y proclamaron los resultados de las elecciones del miércoles 23 de septiembre para renovar a los miembros de la Cámara de Representantes. Las actas correspondientes fueron elaboradas y se depositó una copia ante el Tribunal Constitucional, conforme a la legislación vigente.
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El Ministerio del Interior recordó los resultados generales proclamados oficialmente en las circunscripciones electorales locales y regionales.
El Partido Autenticidad y Modernidad (PAM) encabeza la clasificación con 97 escaños. La Agrupación Nacional de Independientes (RNI) obtiene 66, seguida del Partido del Istiqlal con 65. El Partido de la Justicia y el Desarrollo (PJD) logra 54 escaños, por delante del Movimiento Popular, con 29, y de la Unión Socialista de Fuerzas Populares, con 26.
El Partido del Progreso y el Socialismo (PPS) consigue 19 escaños y la Unión Constitucional, 17. El Movimiento Democrático y Social y la Alianza de la Izquierda obtienen ocho cada uno. El Frente de Fuerzas Democráticas y el Partido de la Equidad consiguen dos respectivamente. El Partido de los Neodemócratas y el Partido de la Unidad y la Democracia cierran el reparto con un escaño cada uno.
El Ministerio del Interior recordó asimismo las vías de recurso disponibles para los candidatos, conforme a la ley orgánica relativa a la Cámara de Representantes.
El artículo 86 de esta norma permite a cualquier candidato consultar las actas de los colegios electorales, las mesas centralizadoras y la comisión de recuento competente en la sede de la autoridad administrativa local, la prefectura, la provincia, la prefectura de distrito o la wilaya regional correspondiente.
Este derecho podrá ejercerse durante ocho días completos y en horario laboral desde la fecha en que se depositaron las actas.
La misma ley orgánica reconoce a cualquier candidato cuya elección haya sido impugnada el derecho a consultar las actas de las operaciones electorales y obtener una copia en esa misma sede. Este derecho deberá ejercerse en un plazo de ocho días laborables desde la recepción del recurso.
